Los dos nuevos impuestos creados con la ley 2277 de 2022: a las bebidas azucaradas y a los alimentos ultra procesados, serán monofásicos. Se empezará a generar a partir del 1 de noviembre 2023 , se declararán bimestralmente y serán deducibles para quien los pague.
· El primero impuesto recaerá sobre los productores o importadores de las bebidas azucaradas
· El segundo sobre los productores o importadores de alimentos ultra procesados.
Ambos impuestos se presentarán en una sola declaración (tal cual como sucede con los diferentes actos sujetos al INC de los ART 512-1 hasta 512-22 del estatuto tributario, los cuales se presentan en el formulario bimestral 310), razón por la cual la DIAN tendrá que diseñar un nuevo código de responsabilidad que les ha de figurar en la primera página del RUT.
MONOFASICO: consiste en gravar el producto o servicio en una sola fase del proceso, ( en este caso es el productor o importador del producto).

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