De acuerdo con la Resolución 000488 de abril 29 de 2022, se modificó solamente el artículo 6 de la Resolución 000167 de diciembre 30 de 2021 y se volvió a ampliar por quinta vez el plazo para la implementación electrónica del documento soporte en compras a los no obligados a facturar.
El pasado 29 de abril de 2022 la Dian expidió su Resolución 000488, por medio de la cual se modificó solamente el artículo 6 del a Resolución 000167 de diciembre 30 de 2021 ampliando por quinta ocasión, esta vez hasta agosto 1 de 2022, el plazo para que los contribuyentes obligados a facturar electrónicamente empiecen a transmitir de forma electrónica el documento equivalente en compras a los no obligados a facturar.

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